P. 90: Los Banco Occidentales (Europeos): ¿Está permitido hacer un depósito y obtener el interés resultante de este depósito? ¿Está permitido pedir un préstamo de ellos aunque sea con interés? ¿Y qué pasa si alguien pide un préstamo o quiero pagarlo, en momentos que no puede y en otros momentos que sí puede?
R.: No hay Riba (usura) con ellos; porque no son ni musulmanes ni creyentes, y está permitido tomar intereses de ellos, y está permitido pedir un préstamos de ellos con interés. No es obligatorio pagarles el interés pero sí es obligatorio pagarles el préstamos mientras no estén en guerra o sean nasibis. Y con respecto a no poder, no hay obligación de pagarles hasta poder hacerlo.
P. 91: ¿Está permitido engañar a un banco no islámico, pedirles un préstamos y luego si se puede regresar el monto hacerlo, pero si no se puede regresarlo entonces cuál es la regla?
R.: Con respecto a las transacciones con bancos propiedad de no musulmanes o propiedad de nasibis que mantienen hostilidad hacia los Imamees y los Mahdis, está permitido pedirles préstamos con interés, o que deposites tu dinero con ellos y obtengas un interés de ellos, ya que no hay usura entre el creyente y los no musulmanes, o entre el creyente y uno que mantiene hostilidad (nasibi). Y si has pedido un préstamo de ellos y eres incapáz de pagarlo no hay problema, que Allah te conceda el éxito.
Alhamdulilah, entonces puedo hacer negocios en la bolsa o con acciones con los no creyentes. Si estoy equivocado por favor corriganme.
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